5 de octubre de 2026

SCJN concentra amparos contra el registro obligatorio de celulares

Juzgados especializados en telecomunicaciones resolverán más de mil demandas contra la vinculación de líneas móviles con la CURP.
Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
La Suprema Corte definió la competencia para los amparos contra el registro de líneas celulares.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los juzgados federales especializados en telecomunicaciones deberán resolver más de mil amparos promovidos contra la obligación de vincular las líneas de telefonía móvil con la CURP de sus titulares.

El Pleno aprobó el criterio por seis votos contra tres y estableció jurisprudencia obligatoria. La decisión no resuelve todavía si el sistema de identificación es constitucional; define qué órganos judiciales tienen competencia para estudiar las demandas y unifica el trámite que hasta ahora había recibido respuestas distintas en varios circuitos.

Los expedientes se concentrarán en juzgados especializados

Los casos serán enviados a juzgados de distrito en materia administrativa especializados en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones. Estos órganos tienen sede en la Ciudad de México y jurisdicción nacional. La regla alcanzará los amparos indirectos contra los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles.

La controversia surgió porque algunos tribunales turnaron los recursos a juzgados especializados, mientras otros consideraron que correspondían a juzgados administrativos ordinarios. Entre las sedes que adoptaron decisiones diferentes se encontraban la Ciudad de México, Guanajuato y el Estado de México. La resolución del Pleno fija una sola ruta para los asuntos pendientes.

El registro impugnado exige que los números celulares sean asociados con la Clave Única de Registro de Población. Las demandas cuestionan tanto el sistema nacional de identificación como el manejo de los datos de los usuarios y las obligaciones impuestas a las compañías que prestan el servicio.

Seis votos respaldan el análisis técnico

El proyecto fue presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa. La mayoría sostuvo que los juicios requieren conocimientos especializados debido a que involucran la prestación de telefonía móvil y normas del sector. El examen abarcará la validez constitucional del mecanismo de identificación, el tratamiento de datos y las cargas para los operadores.

Con ese razonamiento, la Corte ubicó el núcleo de los litigios dentro de la materia de telecomunicaciones. Los jueces designados tendrán que revisar la normatividad específica y sus efectos de implementación. El criterio organiza la competencia judicial, pero cada expediente conservará su propio trámite y deberá ser resuelto en cuanto al fondo.

La votación de seis contra tres convirtió la determinación en un precedente que deberán aplicar los tribunales. La unificación evita que nuevos asuntos idénticos sigan divididos entre órganos especializados y juzgados administrativos generales, como ocurrió durante las primeras etapas de la impugnación.

Tres integrantes cuestionan la concentración

Las ministras María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarrama, junto con el ministro Arístides Guerrero García, votaron contra el proyecto. Ríos sostuvo que los casos debían permanecer en juzgados administrativos ordinarios porque el punto central es la identificación de usuarios y la protección de datos personales, no un aspecto técnico exclusivo de la telefonía.

La ministra también advirtió que reunir los expedientes en órganos con sede en la capital puede afectar la justicia pronta y expedita. Su posición colocó el énfasis en el acceso de las personas promoventes a los tribunales y en el artículo 17 constitucional, frente al argumento mayoritario sobre la especialización.

Más de mil amparos esperan una resolución de fondo

La cantidad de recursos refleja el alcance nacional de los lineamientos, aplicables a todos los números celulares sujetos al registro obligatorio. Con la competencia ya definida, los expedientes serán canalizados a los juzgados especializados para que estos analicen los planteamientos constitucionales presentados por los usuarios.

La decisión del 5 de octubre cierra la contradicción entre tribunales, pero mantiene abierta la discusión principal. Los jueces deberán pronunciarse sobre el sistema de identificación poblacional, la vinculación de la CURP, el tratamiento de la información personal, las obligaciones de las empresas telefónicas y las consecuencias jurídicas de la implementación de los lineamientos.

Fuentes: Suprema Corte de Justicia de la Nación, La Jornada, Cadena Política

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