10 de marzo de 2026

Niegan amparo a Bermúdez Requena contra posible extradición a Estados Unidos

Hernán Bermúdez Requena, conocido como “El Abuelo”, “El Munra” o “Comandante H”, promovió un juicio de amparo para evitar una posible extradición a Estados Unidos; sin embargo, un juez federal rechazó el recurso al determinar que no existe un procedimiento formal en su contra.

El presunto líder del grupo delictivo La Barredora permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 1, Altiplano, en Almoloya de Juárez, estado de México, donde enfrenta acusaciones por extorsión, secuestro agravado y asociación delictuosa.

La solicitud de amparo fue presentada ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, con sede en Toluca. En su demanda, Bermúdez Requena afirmó que el pasado 5 de marzo custodios del penal le comentaron que “ya me iba al gabacho” porque supuestamente existía una orden de extradición en su contra, versión que —aseguró— también se reforzaba con notas periodísticas de circulación nacional.

Ante ello, sostuvo que promovía el juicio de garantías debido a que no había recibido notificación oficial sobre dicho procedimiento, lo que le impedía ejercer su derecho de defensa.

No obstante, el juez Daniel Marcelino Niño Jiménez determinó desechar la demanda al considerar que se trata de un acto futuro e incierto, ya que el propio interno reconoció que no ha sido notificado formalmente de ningún proceso de extradición.

El juzgador explicó que los comentarios de custodios del penal no constituyen una notificación válida, pues estos funcionarios no están facultados para informar sobre procedimientos legales, y agregó que las notas periodísticas tampoco acreditan que exista una solicitud de extradición en curso.

En su resolución, el juez indicó que Bermúdez Requena no ha sufrido un perjuicio real ni actual en su esfera jurídica, por lo que el amparo resulta improcedente, ya que este recurso procede únicamente cuando existe un acto de autoridad que vulnere derechos fundamentales.

Añadió que el simple temor de que una autoridad pudiera actuar no implica una afectación legal, y que el derecho a promover un amparo surge hasta que la persona tiene conocimiento formal del acto reclamado.

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *